Directiva 2013 11 eu
Una de las funciones esenciales del Estado de Derecho es la garantía de la protección judicial de los derechos de los ciudadanos. Esta función conlleva el reto de establecer una justicia de calidad capaz de resolver los diversos conflictos que surgen en una sociedad moderna y, al mismo tiempo, compleja.
En este contexto, desde los años 70 del pasado siglo, se han utilizado nuevos sistemas alternativos de resolución de conflictos, entre los que destaca la mediación, que ha ido ganando importancia. creciendo como instrumento complementario de la Administración de Justicia.
Entre las ventajas de la mediación cabe destacar su capacidad para aportar soluciones prácticas, eficaces y rentables a determinados conflictos entre las partes, y la configura como una alternativa al proceso judicial o al (i) procedimiento arbitral, lo que debe quedar claro. La mediación se articula en torno a la intervención de un profesional neutral que facilita la resolución del conflicto por las propias partes, de forma equitativa, permitiendo el mantenimiento de las relaciones subyacentes y preservando el control sobre el final del conflicto.
Reglas de conciliación de Uncitral
La mediación se está convirtiendo en una herramienta cada vez más importante para la resolución de litigios civiles y comerciales. La Directiva Europea 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21.5.2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles, prescribe un conjunto de normas mínimas comunes sobre la mediación para todos los Estados miembros de la UE, a excepción de Dinamarca.
Algunas partes de este libro son de libre acceso. Los capítulos son de libre acceso porque son de especial actualidad o proporcionan una útil introducción al tema. Pueden estar disponibles durante un tiempo limitado o de forma indefinida. Algunos libros son de acceso abierto en su totalidad y de forma permanente.
Conciliación internacional
No es ningún secreto que los litigios son caros, consumen mucho tiempo y son emocionalmente agotadores. Por desgracia, sigue siendo la forma más común de divorciarse en Estados Unidos. Sin embargo, hay algunas cifras prometedoras, ya que los métodos de resolución extrajudicial como la mediación pro se, la mediación convencional y el derecho colaborativo están aumentando su popularidad.
Ojalá hubiera conocido estas diferentes formas de divorcio cuando mi ex marido y yo lo dejamos. Durante nuestro proceso de divorcio, éramos la pareja perfecta para un acuerdo extrajudicial. Sabíamos que todo había terminado, queríamos lo mejor para nuestros hijos y no queríamos una agitación emocional innecesaria. A pesar de esto, nuestro divorcio litigioso fue adverso y tumultuoso. Después de nuestro divorcio, me enteré de una mejor manera de avanzar para los millones de otras parejas que se encuentran en situaciones similares. La mediación sin abogados es la forma en que ROAD to RESOLUTION comenzó en 2011. Yo era un mediador certificado que ofrecía servicios para ayudar a las parejas a divorciarse de una manera no adversa. Después de obtener un Doctorado en Derecho y aprobar el Colegio de Abogados de Carolina del Norte y el Colegio de Abogados de Carolina del Sur, ahora soy un abogado dedicado al derecho colaborativo. Este método es un proceso de servicio completo que anima a las parejas a negociar, comunicarse y divorciarse pacíficamente. A pesar del creciente interés en el derecho colaborativo, muchas parejas que se divorcian siguen sintiendo curiosidad por la mediación y por cómo el proceso podría funcionar para ellos. En este blog, voy a explicar los fundamentos de la mediación de divorcio.
La mediación en el derecho internacional
De acuerdo con las exigencias de la Directiva europea 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, Luxemburgo adoptó el 24 de febrero de 2012 un marco legislativo relativo a la mediación en materia civil y mercantil en su nuevo Código de Procedimiento Civil.
La nueva ley define la mediación como «el proceso estructurado en el que dos o más partes de un litigio intentan por sí mismas y de forma voluntaria llegar a un acuerdo sobre la resolución de su conflicto con la ayuda de un mediador independiente, imparcial y competente».
La mediación es un método alternativo de resolución de conflictos, más humano, más rápido, más sencillo y menos costoso que los procedimientos judiciales, que garantiza la confidencialidad y asegura un mejor acceso a la justicia. El deber de confidencialidad sólo puede ser eximido para permitir la divulgación del contenido del acuerdo de mediación o su aplicación o ejecución y por razones imperiosas de orden público, en particular para garantizar el interés de los niños o para evitar que se afecte la integridad física o psicológica de una persona.