Denuncia de delito menor california
Artículo 2. Aplicación de sus disposiciones. – 1. Salvo lo dispuesto en los tratados y leyes de aplicación preferente, las disposiciones de este Código se aplicarán no sólo dentro del Archipiélago Filipino, incluyendo su atmósfera, sus aguas interiores y su zona marítima, sino también fuera de su jurisdicción, contra quienes:
2. Por cualquier persona que realice un acto que constituiría un delito contra las personas o los bienes, si no fuera por la imposibilidad inherente de su realización o por el empleo de medios inadecuados o ineficaces.
Artículo 5. Deber del tribunal en relación con los actos que deben ser reprimidos pero que no están contemplados en la ley, y en los casos de penas excesivas. – Cuando un tribunal tenga conocimiento de algún acto que considere oportuno reprimir y que no esté penado por la ley, dictará la resolución correspondiente, e informará al Jefe del Ejecutivo, a través del Departamento de Justicia, de las razones que le llevan a creer que dicho acto debe ser objeto de legislación.
Proceso de juicio de faltas
Sea promulgado por la Excelentísima Majestad de la Reina, por y con el Consejo y Consentimiento de los Señores Espirituales y Temporales, y los Comunes, en este presente Parlamento reunido, y por la Autoridad del mismo, como sigue:
II. Que cuando se presente una acusación o denuncia ante uno o más de los Jueces de Paz de Su Majestad de que una persona ha cometido alguno de los delitos antes mencionados dentro de la jurisdicción de dicho Juez, y dicho Juez se niegue a internar o a poner en libertad bajo fianza a la persona acusada de dicho delito para que sea juzgada por el mismo, entonces, en caso de que el Fiscal desee presentar una acusación con respecto a dicho delito, le será lícito a dicho Juez, y por la presente se le exige, tomar el Reconocimiento de dicho Fiscal para procesar dicho Cargo o Denuncia, y transmitir dicho Reconocimiento, la Información y las Deposiciones, si las hubiera, al Tribunal en el que se deba presentar dicha Acusación, de la misma Manera que dicho Juez habría hecho en caso de haber internado a la Persona acusada para ser juzgada por dicho Delito.
Ejemplo de vejación injusta
El artículo 11.104 del Código de Prácticas y Recursos Civiles exige que el secretario de un tribunal envíe a la OCA, en un plazo de 30 días, una copia de cualquier orden de presentación previa emitida en virtud del artículo 11.101, una orden que prohíba a una persona presentar un nuevo litigio en un tribunal del estado si el tribunal considera, tras una notificación y una audiencia, que la persona es un litigante vejatorio.
Para presentar nuevos litigios, la persona debe obtener el permiso del juez administrativo local correspondiente. [La lista de jueces administrativos locales figura en el Directorio Judicial]. El juez puede conceder el permiso sólo si parece que el litigio propuesto tiene mérito y no ha sido presentado con el propósito de acosar o retrasar.
La OCA está obligada a mantener una lista de litigantes vejatorios sujetos a órdenes de presentación previa en virtud del artículo 11.101 del Código de Prácticas y Recursos Civiles. La OCA no tiene ninguna discreción en el mantenimiento de la lista, ni tiene la autoridad para eliminar un nombre de la lista. Para eliminar un nombre de la lista de litigantes vejatorios, la OCA debe recibir una orden directamente del tribunal emisor anulando la orden de presentación previa o de un tribunal de apelación revocando la orden.
Tribunal de faltas
Si se considera que el litigio barratorio tiene como objetivo silenciar a los críticos, se conoce como demanda estratégica contra la participación pública (SLAPP). Las jurisdicciones que no tienen leyes de barratería pueden tener leyes SLAPP.
Ser un barrista común era un delito en el derecho común de Inglaterra. Se clasificaba como un delito menor. Consistía en «suscitar persistentemente disputas en los tribunales o fuera de ellos». No se sabe con certeza si, de manera ordinaria, las personas acusadas de cometer el delito eran juzgadas por medio de una acusación[4].
En 1966, la Comisión Jurídica recomendó la abolición de este delito[5], afirmando que no había habido acusaciones por este delito durante «muchos años» y que, como delito menor enjuiciable, era «totalmente obsoleto»[4] Su recomendación fue aplicada por la Ley de Derecho Penal de 1967.
Varias jurisdicciones de Estados Unidos han declarado la baratería (en el sentido de litigante frívolo o acosador) como un delito en el marco de sus esfuerzos de reforma de la responsabilidad civil. Por ejemplo, en los estados norteamericanos de California, Oklahoma, Pensilvania, Virginia y Washington, la baratería es un delito menor[6][7] En Texas, la baratería es un delito menor en la primera condena, pero un delito grave en las siguientes[8].